Los Delitos Informáticos y el “lado oscuro” de Facebook

Las últimas semanas están signadas por la enorme preponderancia de noticias vinculadas a Facebook como canal para la propagación de calumnias, injurias, amenazas, etc. Se ha mostrado el “lado oscuro” de esta red social.

Este fenómeno me genera sensaciones encontradas. Por un lado, considero sumamente útil que los medios masivos se ocupen de informar al público acerca del funcionamiento y los peligros de las redes sociales.

En este marco, fue un gusto participar del informe de Telenoche 12 el pasado Martes -sí, aún cuando me hayan re-bautizado- compartiendo una nota que se hace a profesionales del INADI, una institución que me inspira el mayor de los respetos.

Sin embargo, como habrán podido observar, el mensaje “Internet no es tierra de nadie“, tiene una clara orientación. Considero -y ya lo he expresado en posts anteriores relativos a mis convicciones- que la línea es delgada entre inspirar precaución y generar temor en lo desconocido -como lo son las redes sociales para el común lector o televidente de medios tradicionales- . El miedo es el impacto más común, aún cuando la difusión se hace con buenas intenciones.

No sólo Facebook espontáneamente, a través de sus Términos de Uso, ofrece vías para denunciar y eliminar contenido ilegítimo. También la justicia y las leyes poseen respuestas.

A mi juicio, es justo puntualizar que el “lado oscuro” de Facebook -si queremos buscar alguno- se vincula a los aspectos de la Privacidad. Respecto a los otros “posibles delitos”, aún los actos de Discriminación que denuncia INADI, advierto acerca de lo inapropiado de penalizar la tecnología.

Facebook y las redes sociales son un vehículo más para la expresión de los ciudadanos. Honrar la Libertad de Expresión en todos los ámbitos, también en Internet, se impone como un principio central del Nuevo Derecho. Aquí también debe interpretarse que este derecho se debe ejercer de manera proporcional, sujeto a reglamentos, a la legislación y a la razonabilidad.

Sin perjuicio de ello, cito aquí las dispociones de los Términos y Condiciones a las que hacía referencia en la nota, para analizar en detalle…

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Políticas de Privacidad de Facebook: 5 Años de ¿Evolución?

La semana pasada Facebook fue noticia, una vez más, por temas relacionados con la Privacidad de sus usuarios. Electronic Frontier Foundation difundió
un interesante instructivo para restablecer la bloquear las aplicaciónes en cuestión.
La misma EFF es quien hace este lúcido análisis sobre la evolución de los Avisos Legales de Facebook desde 2005 a la fecha, que refleja una tendencia general, en la que la empresa originalmente obtiene su base principal de usuarios en Avisos Legales en los que se ofrecen sencillos y potentes controles sobre su información personal.
A medida que Facebook va creciendo y haciéndose más importante, podría haber optado por mantener o mejorar los controles. Sin embargo, es clara la evolución que existe en los Términos de Uso.
Lentamente en su afán por encontrar un modelo de negocio sustentable, más y más información de sus usuarios empieza a estar disponible para publicidad, al tiempo que limita la posibilidad del usuario de controlar su propia información.
Es interesante observar el desglose de esta evolución, textual por EFF:

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Nueva aplicación de Facebook viola la Privacidad. Consejos sobre como prevenirse

No es la primera vez que se manifiesta preocupación en la comunidad de usuarios y en la de especialistas por las Políticas de Privacidad de Facebook. Es cierto que aún no he hablado mucho sobre Protección de Datos y Privacidad en este blog, algo que está previsto hacer. Pero no quería dejar pasar esta oportunidad.

La nueva herramienta de “personalización instantánea”, un tipo de plug in social es la encargada esta vez de generar preocupaciones. Esta aplicación de privacidad comparte información con sitios web externos a Facebook (hace acuerdos con Partners) y, lo más grave: Está automáticamente seleccionada con la opción “permitir”. Aquí un video explicativo de cómo desactivar la opción:

Como explican expertos de Electronic Frontier Foundation al respecto, no alcanza con desactivar la opción permitir ya que Facebook mismo expresa que, aún en esta situación, los amigos de uno igualmente pueden compartir información nuestra personal al tener sus propias experiencias personalizadas.

Se puede acceder a “bloquear aplicaciones” en Facebook pero no se podrá finalizar el trámite allí, ya que sólo es posible desbloquear las que se encuentran bloqueadas. Para hacerlo hay que ir a los sitios de estas aplicaciones (por el momento son Microsoft Docs, Pandora, y Yelp) para presionar el botón “Bloquear Aplicación. Algo que, si Facebook sigue realizando acuerdos con otros sitios web habrá que seguir realizando.

Editado: La medida de Facebook y la Ley de Protección de Datos Personales de Argentina.

No era la idea hacer un análisis jurídico sino difundir un comunicado e instrucciones claras de prevención. Sin perjuicio de ello, los invito a reflexionar acerca de si la medida tomada (una nueva aplicación que publica datos y se aplica por defecto) se corresponde con la Ley de Protección de Datos Personales.

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La peligrosa falacia “Internet no está regulada”

Si bien el mensaje acerca de que se necesita un Nuevo Derecho fue expresado por estos lados de una manera enfática, entiendo que debe dotarse a ese mensaje de un poco de prudencia, para no alimentar a la falacia más común de los últimos tiempos: “Internet no está regulada“.

Trato en este post de reflejar las oportunidades que brinda nuestro derecho vigente. Es cierto que la falta de adaptación a las nuevas realidades es preocupante, y más aún en el sistema continental (Europa y Asia Continental y todo Latinoamérica). Es importante evitar la citada falacia, sobre todo porque entiendo que  le da pie a otras de menor calibre pero igual gravedad:

- Falacia del anonimato y la impunidad. Funcionan las 2 caras de la moneda al mismo tiempo, por el exceso de confianza y desconocimiento de parte de las víctimas que se retroalimenta con la percepción de impunidad de los estafadores o delincuentes.

Sobre esto, mi humilde aporte pasará por analizar Casos Jurisprudenciales, Avisos Legales de sitios, etc. Si logramos avanzar unos pasos en tomarnos en serio (usuarios, emprendedores y administradores de sitios) los Términos y Condiciones me habré dado por satisfecho.

- Falacia de la Informalidad de la Economía en Internet. Es muy común confundir juventud, frescura, agilidad, versatilidad, capacidad de adaptación, nuevos modelos de negocios con informalidad o falta de necesidad de adaptación legal.

A esta altura y con lecciones ya aprendidas suena ocioso (ejemplos hay miles) decir que los emprendedores en internet generan consecuencias legales permanentemente, que obtienen derechos patrimoniales (intelectuales, marcarios, de imagen, de reputación, dominios) y, como en toda actividad económica, pueden afectar derechos de terceros.

Posiblemente quepa un “mea culpa” para los profesionales jurídicos que, en líneas generales, no hemos podido demostrar comprensión sobre los nuevos modelos de negocio y en que podemos agregar valor a la cadena (a esto me intentaré abocar, analizando casos particulares desde el blog, en el futuro).

Como conclusión, entiendo que es importante destacar el modo en que una herramienta jurídica milenaria, el Contrato reviste cada vez mayor utilidad aún a pesar de los cambios de paradigma.

Observar un Derecho incapaz de ofrecer respuestas en muchas de sus regulaciones convierte a los acuerdos de voluntades en un recurso ineludible y me llevará a dedicarle mucha atención a contratos que regulen las diferentes relaciones en la web.

En síntesis, es peligroso creer que por no haber un buen sistema legal, internet no está regulada. Y mientras este Nuevo Derecho se crea, hay que recurrir a los Contratos!

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